Vidrios polarizados ¿está prohibido su uso?

Embajadores jul. 12, 2021

Son distintas las razones por las que los conductores eligen los vidrios polarizados para sus vehículos. Cuidado del interior del carro, protección solar, seguridad personal e incluso para prevenir accidentes por las altas temperaturas. Sin embargo, ¿está prohibido el uso de vidrios polarizados en Colombia?

El solo hecho de usar los vidrios polarizados, no está prohibido y tampoco es motivo de multa, las autoridades deben verificar el caso puntual de cada vehículo para ver si este cumple con las normas aprobadas.

Según la  resolución 3777 de 2003 del Código Nacional de Tránsito el uso de este tipo de vidrios, está permitido siempre y cuando se cumpla con el nivel máximo permitido de opacidad.

Los automóviles, los parabrisas y los vidrios de las puertas delanteras deben tener una luminosidad superior o igual al 70 %

  • En vidrios laterales traseros y el panorámico trasero se debe tener una luminosidad igual o superior al 55 %
  • En los vehículos con cabina (camionetas) aplica la misma medida para los parabrisas y los vidrios de las puertas delanteras (70 %) y para los laterales traseros (55 %); sin embargo, la luminosidad de los vidrios cuartos traseros y de la quinta puerta tiene que ser superior al 14 %.

Las personas que deseen instalar vidrios polarizados con niveles de oscuridad mayores a estos, deben solicitar el permiso al Ministerio de Defensa a través de la Policía Nacional, explicando las razones para requerirlos, este tiene un costo de $908.526.

Además, tendrán que tramitar la siguiente documentación ante la Dirección de Investigación Criminal e Interpol (DIJIN).

  • Formulario de solicitud.
  • Fotocopia de la cédula de ciudadanía.
  • Fotocopia de la licencia de tránsito.
  • Documento original y copia de la tarjeta de propiedad (el vehículo debe figurar a nombre del solicitante).
  • Certificado médico expedido por un especialista que justifique los motivos por los que se debe polarizar los vidrios del vehículo.
  • Estudio de seguridad emitido por la Dirección de Protección y Servicios Especiales.
  • Fotocopia de revisión técnica expedida y realizada por los grupos de automotores de las seccionales de investigación criminal de la ciudad donde se realiza el requerimiento.
  • Fotocopia de recibo de consignación.

Luego de tener todos los documentos, se radican en la DIJIN y se agenda la visita de un funcionario de la seccional de Protección y Servicios Especiales para que realice un estudio de seguridad, que determinará si la solicitud es válida

En MAT siempre verificamos que nuestros embajadores estén cumpliendo con las normas para la movilización segura en el territorio nacional, recuerda que la multa por exceder los parámetros de opacidad sin autorización previa es de aproximadamente $242.272 y la inmovilización del vehículo.

En MAT nos cuidamos todos, tú, tu carro y tu bolsillo.

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